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Cobertura en cirugía de Bariátrica

La Superintendencia de Salud en su afán de proteger la salud de los afiliados del sistema privado y de enfrentar el grave problema de salud pública de la obesidad mórbida, ha instruido a las isapres a fin que otorguen cobertura a la cirugía.

¿Qué hacer ?

La Superintendencia de Salud ha instruido a las isapres que dicha prestación sea cubierta con el código 18.02.012 en el caso de el ByPass Gástrico y código 18.02.018 en caso de Manga Gástrica del Arancel Fonasa que corresponde.

Es necesario tener en cuenta que la cobertura otorgada por la isapre dependerá del plan pactado que tenga el afiliado.

Algunos planes nuevos tienen restricciones, tales como se aprecia en el siguiente ejemplo.

Por eso recomendamos revisar su plan en con su clave de acceso vía web. Está disponible en todas las Isapres.

Lamentablemente en el caso de los pacientes afiliados a FONASA, la cobertura en los establecimientos privados de salud, es casi nula

SEGUROS COMPLEMENTARIOS:

Los seguros complementarios cubren estas cirugías.  Sin embargo, tienen cláusulas distintas entre las diferentes compañias.

Algunas cubren desde IMC 35 + Enfermedades y practicamente todos los seguros cubren las cirugías en caso de IMC igual o mayor a 40